CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tiene por finalidad proteger a los ciudadanos que informan sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de contexto laboral o profesional.

Con la aprobación de esta ley se incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019. Esta Directiva regula diferentes aspectos que han de satisfacer los distintos cauces de información a través de los cuales una persona física, que sea conocedora en un contexto laboral de una infracción del Derecho de la Unión Europea, pueda dar a conocer la existencia de la misma.

En concreto, obliga a contar con canales internos de información a muchas empresas y entidades públicas porque se considera, que es preferible que la información sobre prácticas irregulares se conozca por la propia organización para corregirlas o reparar lo antes posible los daños.

Estos dos claros objetivos de la Directiva, proteger a los informantes y establecer las normas mínimas de los canales de información, se incorporan en el contenido de esta ley.

En base a lo allí contenido y a las obligaciones establecidas, FEQPA, pone en marcha este sistema interno de información estableciendo los procedimientos adecuados para facilitar canales de comunicación, para que tanto los miembros de la organización como terceros, comuniquen de buena fe y sobre la base de indicios razonables, aquellas circunstancias que puedan suponer la materialización de un riesgo legal o penal para la organización.

Puede acceder al canal interno de informacion aquí: https://fdigital.es/feqpa-ced/

Para garantizar un mayor nivel de independencia y confidencialidad en el tratamiento de la información, el canal va a ser gestionado (órgano instructor- tramitador) conforme al art. 6 de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, por la empresa:

MARTIN LÓPEZ ESCARTIN – Abogado ejerciente del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid con el número 103516 – (en adelante, HONOS ABOGADOS), tal y como recomienda la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y la Norma UNE 19601 en el capítulo dedicado a la comunicación de incumplimientos e irregularidades. Las denuncias podrán ser recibidas por correo ordinario a la siguiente dirección:

Honos Abogados Calle Francisco De Vitoria 28, 50008, Zaragoza martin.lopez@honosabogados.es

En todo caso, de acuerdo a la ley 2/2023, se entenderán comprendidas en el ámbito de este canal todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social. Por ello, si no fuese el caso, puede ponerse en contacto con FEQPA mediante las vías habituales establecidas en:
https://feqpa.com/quienes-somos/contacto/